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Divorcio notarial

¿Desde cuándo es posible divorciarse ante notario?

Desde finales de julio del año 2015 es posible divorciarse ante Notario, siempre que sea de mutuo acuerdo, y no existan menores a cargo.

¿Qué es el divorcio notarial?

El divorcio notarial es una modalidad de divorcio de mutuo acuerdo que se tramita ante notario, y en el que se formaliza el convenio regulador en escritura pública.
Es decir, se trata de un tipo de divorcio en el que no es necesario presentar una demanda y acudir a sede judicial, sin embargo, es necesario cumplir algunos requisitos para divorciarse ante notario.

¿Cuáles son los requisitos para poder divorciarse ante notario?

Para poder divorciarse ante notario, es necesario cumplir los siguientes requisitos:

  • Que los progenitores no tengan hijos menores no emancipados o mayores respecto de los cuales se hayan establecido judicialmente medidas de apoyo atribuidas a ellos. Es independiente que sean hijos de ambos cónyuges o solo de uno de ellos, ya que la ley no especifica que tengan que ser hijos en común.

  • Que, en su caso, los hijos mayores de edad o menores emancipados presten su consentimiento ante el notario en relación con las medidas que les afecten por no tener ingresos propios y convivir en el domicilio familiar.

  • Que la mujer no esté embarazada.

  • Que hayan transcurrido al menos 3 meses desde que se celebró el matrimonio.

  • Que los cónyuges intervengan en el otorgamiento personalmente, siendo necesaria la intervención previa de un abogado así como la elaboración de un convenio regulador acordado entre las partes.
    El requisito de intervenir de manera personal no obsta a la posibilidad de divorciarse ante notario por poderes, siempre que se trate de un poder especialísimo, en el que el apoderado es un nuncio.

  • Que el divorcio sea de mutuo acuerdo, por lo que los cónyuges tendrán que presentar propuesta de convenio regulador.

¿Qué notario puede tramitar el divorcio?

El Notario competente es el Notario del último domicilio común de los cónyuges o el del domicilio o residencia habitual de cualquiera de los solicitantes, siendo libre la determinación del concreto Notario.

¿Qué efectos tiene el divorcio notarial?

Los efectos del divorcio acordado por Notario son equivalentes a los que produce el acordado en sede judicial.