Defensa exitosa | Absolución por vulneración de la inviolabilidad del domicilio en delito contra la salud pública.
Diez años de prisión. Esa era la pena que la acusación particular interesaba para nuestro cliente en un procedimiento seguido ante la Sección nº15 de la Audiencia Provincial de Madrid por un delito de agresión sexual. El Ministerio Fiscal, por su parte, elevaba su petición a cinco años. El resultado, tras la celebración del juicio oral: sentencia absolutoria, dictada el 12 de julio de 2016, con todos los pronunciamientos favorables y costas de oficio.
Los procedimientos por delitos contra la libertad e indemnidad sexual presentan una dificultad probatoria característica: la prueba de cargo suele descansar, de forma casi exclusiva, en el testimonio de la víctima. Ello no impide, por sí solo, que dicha declaración pueda enervar la presunción de inocencia, pero sí exige que el tribunal someta ese testimonio a un análisis especialmente riguroso, verificando la concurrencia del triple test de credibilidad consolidado por nuestra jurisprudencia: ausencia de incredibilidad subjetiva, verosimilitud del relato respaldada por corroboraciones periféricas objetivas, y persistencia en la incriminación.
La defensa centró su estrategia precisamente en ese análisis. Si bien el relato de la denunciante presentaba coherencia interna y se había mantenido en el tiempo, el examen crítico del conjunto probatorio evidenció que no concurrían corroboraciones externas suficientes que avalaran objetivamente la ausencia de consentimiento en el momento en que se produjeron los hechos. La verosimilitud del testimonio quedó, en consecuencia, seriamente comprometida.
El tribunal acogió esta tesis: ante la persistencia de dudas racionales y razonables sobre cómo ocurrieron realmente los hechos, la aplicación del principio in dubio pro reo resultaba ineludible, conduciendo necesariamente al pronunciamiento absolutorio.
Este resultado, obtenido frente a acusaciones de máxima gravedad y con peticiones de pena muy elevadas, es reflejo de lo que significa ejercer la defensa penal con verdadera convicción técnica. En nuestro despacho sabemos que la presunción de inocencia no es un mero enunciado constitucional: es una garantía que hay que defender activamente, con rigor, conocimiento y sin rendirse ante la presión del procedimiento.
