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MODIFICACIÓN DE MEDIDAS PATERNOFILIALES

ABOGADOS EXPERTOS EN SOLICITAR MODIFICACIONES DE MEDIDAS PATERNOFILIALES

Las medidas paternofiliales pueden ser objeto de modificación cuando se produzca una variación sustancial en las circunstancias que existían al momento de su establecimiento, ya sea por acuerdo de los padres, o por resolución judicial.

Para que el juez apruebe la modificación de las medidas paternofiliales, han de acreditarse los siguientes supuestos:

  • Alteraciones económicas relevantes que afecten a la capacidad o necesidad de los progenitores o de los hijos.
  • Incumplimiento reiterado o grave de las obligaciones derivadas de las medidas paternofiliales.
  • Cambios laborales que dificulten o impidan el cumplimiento de las medidas paternofiliales.
  • Cambios de voluntad de los hijos, siempre que tengan suficiente madurez.
  • Edad de los hijos, especialmente si superan los 16 años o alcanzan la independencia económica.

 

Requisitos que se exigen para la modificación de las medidas

Las medidas paternofiliales pueden ser modificadas cuando concurran los siguientes requisitos:

  • Que el cambio o alteración de las circunstancias sea posterior a la resolución judicial que estableció las medidas o que, siendo anterior, no fuera conocido.
  • Que el cambio o alteración de las circunstancias sea sustancial, por ejemplo, otras medidas paternofiliales diferentes.
  • Que el cambio o alteración de las circunstancias sea permanente, es decir, que no se trate de una situación transitoria.
  • Que el cambio o alteración de las circunstancias sea ajeno a la voluntad de ambos progenitores, o de quien pretenda la modificación, es decir, que no se haya provocado o consentido el cambio con el fin de obtener una ventaja para perjudicar al otro progenitor o a los hijos.
  • Que el cambio o alteración de las circunstancias pueda ser probado por el padre que solicita la modificación, es decir, que se aporten los medios de prueba pertinentes y suficientes para acreditar la existencia y relevancia del cambio.

 

La modificación de las medidas puede realizarse mediante un convenio regulador, siempre que exista un mutuo acuerdo entre las partes. En caso contrario, la modificación de las medidas paternofiliales debe solicitarse mediante un procedimiento contencioso.

 

 

Desde nuestro despacho de abogados en Madrid, ponemos a su disposición una sólida trayectoria en el asesoramiento de cuestiones de familia, brindándole asistencia especializada si desea solicitar una modificación de medidas paternofiliales.

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Contenido creado por Camacho & Aparicio:

ABOGADOS ESPECIALISTAS EN DERECHO DE FAMILIA.


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